Beneficiarios de rentas del trabajo en relación de dependencia. Declaración jurada de bienes.

Las personas físicas que, durante el año 2015 -conf. lo establece el art. 12, RG (AFIP) 2437-, percibieron rentas brutas por un importe igual o superior a $ 200.000 deben presentar, hasta el día 30/6/2016, la declaración jurada que contenga el detalle de sus bienes al 31 de diciembre de 2015, valuados conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales.

Por su parte, si durante el año 2015 hubieran percibido ganancias brutas iguales o superiores a $ 300.000, además del citado detalle de bienes, deberán informar -hasta el 30/6/2016- el total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, entre otros, de acuerdo con lo previsto en la ley de impuesto a las ganancias.