La exención del impuesto al cheque no beneficiará al público ni a empresas
Las distintas “billeteras electrónicas” que van surgiendo utilizan los servicios de la red de cobranza extrabancaria. Las transferencias que suceden en esa transacción quedan exceptuadas del impuesto al cheque, porque encarecería notoriamente la transacción.
La decisión del ministerio de Hacienda del último viernes de eliminar el impuesto al cheque para medios electrónicos de pago generó mucha confusión en el mercado.
Muchos interpretaron que se trataba de una suerte de adelanto de la reforma impositiva y que al seleccionar algún mecanismo moderno para realizar transferencias las partes quedarían exceptuadas del gravamen.
Desde la autoridad monetaria explicaron que la exención al 1,2% que se cobra cada vez que se cobra un cheque o al recibir una transferencia “es algo muy específico, destinado a cuentas dedicadas a la administración de pagos electrónicos”. Es decir que no tiene ningún efecto concreto sobre las cuentas que habitualmente utilizan individuos o empresas para transaccionar.
Entre los considerandos, el decreto destacó que “el objetivo se enmarca en las medidas de promoción de la inclusión financiera, el fomento de la bancarización, la eliminación de las barreras de acceso de la población a los servicios financieros y la reducción del uso del dinero en efectivo en pos del dinero electrónico”.
También indicó que la aplicación del impuesto a los créditos y débitos “impacta en los medios de pago electrónicos, generando un desaliento para el usuario, como así también para los comercios y los prestadores de servicio de pago”.
¿A quién beneficiará concretamente la exención? Básicamente no se seguirá cobrando el impuesto a compañías que son intermediarios de pagos, como Paypal o Mercado Pago. Sucede que al realizarse una transferencia de una persona a otra a través de estos medios, se cobraba el impuesto al cheque cuando claramente se trataba de un intermediario entre dos cuentas.
“En estos casos el impuesto se pagaba dos veces, algo absurdo. Tampoco se cobra cuando hay transferencias internas entre cuentas virtuales. No estaba gravado pero se aclara que no lo estará”.
También se desgrava a las empresas de cobranzas extrabancarias (como Pago Fácil Rapipago, por ejemplo) cuando uno las usa para cash in o cash out (depositar o retirar el efectivo) de estos sistemas.
Las distintas “billeteras electrónicas” que van surgiendo utilizan los servicios de la red de cobranza extrabancaria. Las transferencias que suceden en esa transacción quedan exceptuadas del impuesto al cheque, porque encarecería notoriamente la transacción.
“Esto es algo que simplifica las cosas a los facilitadores de pago”, agregaron desde el BCRA a Infobae. Uno de los aspectos claves que también se tuvo en cuenta es el inicio del esquema conocido como Debin, que el Banco Central pondrá en marcha el mes que viene para facilitar los pagos entre empresas. Esta nueva operatoria está siendo coordinada por el vicepresidente de la institución, Lucas Llach.
Lo mismo sucede con empresas que, por ejemplo, desarrollen esquemas de pago a través del código QR. En ese caso, la transacción pasaría por una cuenta intermedia para luego llegar al beneficiario. Semejante “triangulación” de fondos se volvería inviable si en cada etapa del proceso se cobra el impuesto al cheque. (FUENTE IProfesional.com)