Adecuación de importes a partir de julio de 2016 Se incrementan los importes a partir de los cuales las operaciones resultan alcanzadas por los regímenes de información según el siguiente detalle: * Intermediación y/o compraventa de automotores y motovehículos usados -RG (AFIP) 2032-: a) Vehículos automotores usados por valores iguales o superiores a $ 100.000; b) Motovehículos usados por valores iguales o superiores a $ 27.000. * COTI. Negociación, oferta y transferencia de bienes inmuebles -RG (AFIP) 2371-: a) Cuando el valor de los mismos
Read MoreConsejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires publica en su página web el informe correspondiente a la reunión de trabajo del 27/4/2016 con la ARBA, donde se trataron los siguientes temas: 1. DDJJ Web. Varios. 2. Flexibilización de los requisitos establecidos por la resolución normativa (ARBA) 64/2010. 3. Reglamentación de compensación proveniente de saldos a favor. 4. Compensaciones automáticas. Consulta web. 5. Readecuación de montos mínimos de retenciones y
Read MoreLas personas físicas que, durante el año 2015 -conf. lo establece el art. 12, RG (AFIP) 2437-, percibieron rentas brutas por un importe igual o superior a $ 200.000 deben presentar, hasta el día 30/6/2016, la declaración jurada que contenga el detalle de sus bienes al 31 de diciembre de 2015, valuados conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales. Por su parte, si durante el año 2015 hubieran percibido ganancias brutas iguales o superiores a $ 300.000, además del citado detalle de
Read MoreSe incrementan a partir del 1/6/2016 los montos mínimos no sujetos a retención del impuesto, según el siguiente detalle: * Enajenación de bienes muebles y bienes de cambio -Anexo II, inc. f)-: $ 100.000. * Transferencia temporaria o definitiva de derechos de llave, marcas, patentes de invención, regalías, concesiones y similares -Anexo II, inc. g)-: $ 100.000. * Locaciones de obra y/o servicios no ejecutados en relación de dependencia no mencionados expresamente en otros apartados -Anexo II, inc. i)-: $ 30.000. * Honorarios de director
Read MoreSe incrementan los importes a partir de los cuales resultan exigibles por parte del Fisco Se incrementan, a partir de junio de 2016, los importes a partir de los cuales resultan exigibles los anticipos de los impuestos a las ganancias, a la ganancia mínima presunta, al fondo de educación y promoción cooperativa y sobre los bienes personales. En tal sentido, se establece un importe mínimo de $ 1.000 para las personas físicas y sucesiones indivisas, y de $ 500 para las sociedades y demás sujetos.
Read MoreSe establece un régimen de cancelación del impuesto al valor agregado en forma trimestral aplicable a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas tramo 1 -L. 25300 y R. (SPyME) 24/2001- y la posibilidad de obtener en forma simplificada el “Certificado de Exclusión” de los regímenes de retención, percepción y/o pago a cuenta del impuesto. Las personas humanas que desarrollen como actividad servicios solo estarán alcanzadas por los presentes beneficios siempre que sus ventas anuales sean iguales o inferiores a la categoría Micro Empresas. Quedan exceptuados
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