Adecuación de importes a partir de julio de 2016 Se incrementan los importes a partir de los cuales las operaciones resultan alcanzadas por los regímenes de información según el siguiente detalle: * Intermediación y/o compraventa de automotores y motovehículos usados -RG (AFIP) 2032-: a) Vehículos automotores usados por valores iguales o superiores a $ 100.000; b) Motovehículos usados por valores iguales o superiores a $ 27.000. * COTI. Negociación, oferta y transferencia de bienes inmuebles -RG (AFIP) 2371-: a) Cuando el valor de los mismos
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